¡Tiqui tiqui ti! Así funcionará el comercio en Magallanes este 17, 18 y 19 de septiembre

¡Tiqui tiqui ti! Así funcionará el comercio en Magallanes este 17, 18 y 19 de septiembre

13 Septiembre 2019

Empleadores que no respeten feriados irrenunciables arriesgan multas de hasta $980 mil por trabajador.

Equipo El Magal... >
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Las Fiestas Patrias están a la vuelta de la esquina y esto bien lo sabe la seremi del Trabajo, Victoria Cortés, quien acompañada por autoridades y funcionarios de la cartera, recorrieron calle Errázuriz para hacer un llamado a los empleadores a respetar los feriados irrenunciables de la próxima semana.

Durante la actividad, que contó con visitas a carnicerías, tiendas de vestir, perfumerías y cordonerías, entre otros, Cortés aprovechó de adelantar que, a las 21 horas del martes 17 de septiembre, los locales deberán cerrar sus puertas al público, pudiendo abrirlas a partir de las 6 de la mañana del viernes 20.

En tanto y respecto a los feriados irrenunciables de los días 18 y 19 de septiembre, el director subrogante del Trabajo, René Zúñiga, detalló que aquellos empleadores que incumplan la normativa arriesgan multas que pueden superer los $980 mil por trabajador.

Pero, ¿quiénes pueden funcionar?

La seremi Cortés explicó que los locales que se encuentran exceptuados de la normativa vigente son: clubes y restaurantes; establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs; locales comerciales en los aeródromos y aeropuertos; casinos de juegos; farmacias de turno y de las llamadas tiendas de conveniencias adosadas a los servicentros, siempre que vendan alimentos preparados allí mismo.

“A ellos les corresponde el feriado bianual, que significa que quienes trabajaron el 18 y 19 pasados descansan este año, siempre que se mantengan con el mismo empleador”, agregó la autoridad.

El llamado final de las autoridades, tanto a trabajadores como a la comunidad magallánica, es a estar atentos a cualquier posible infracción a la normativa y realizar las denuncias correspondientes, para lo cual existe un banner habilitado en el sitio web de la Dirección del Trabajo: www.direcciondeltrabajo.cl, para recibir los casos que deben ser constatados.